Glosario educativo colombiano
Área obligatoria
Cada una de las áreas que la Ley 115 exige en el plan de estudios de toda institución educativa colombiana.
Definición completa
Las áreas obligatorias son las asignaturas o campos de conocimiento que la Ley 115 de 1994 exige que estén presentes en el plan de estudios de toda institución educativa colombiana de básica y media. El artículo 23 de la Ley 115 define nueve grupos de áreas obligatorias: Ciencias Naturales y Educación Ambiental, Ciencias Sociales, Historia, Geografía, Constitución Política y Democracia, Educación Artística y Cultural, Educación Ética y en Valores Humanos, Educación Física, Recreación y Deportes, Educación Religiosa, Humanidades, Lengua Castellana e Idiomas Extranjeros, Matemáticas y Tecnología e Informática. Para cada una de estas áreas, el MEN ha publicado lineamientos curriculares y, en la mayoría de los casos, Estándares Básicos de Competencias y DBA. La institución educativa tiene autonomía para decidir cuántas horas semanales asigna a cada área y cómo organiza los contenidos dentro del marco de los referentes nacionales. Las áreas obligatorias no incluyen todas las materias que una institución puede ofrecer: existen también las áreas optativas, que cada institución puede añadir según su énfasis o proyecto educativo. Para el docente, trabajar en un área obligatoria implica alinearse con los DBA y EBC del MEN para esa área, lo que garantiza que sus estudiantes reciban los aprendizajes que la nación considera esenciales para todos.
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